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EL FRAUDE DE LAS ACCIONES DE BANKIA. Reclamación ante los Tribunales
EL FRAUDE DE LAS ACCIONES DE BANKIA. Reclamación ante los Tribunales

Con motivo del desamparo en que se encuentran la mayoría de pequeños y medianos ahorradores que adquirieron acciones de Bankia antes de mayo del 2.012, y que sufrieron el desplome de la práctica totalidad de su inversión.

Al contrario de lo que ha ocurrido con las “participaciones preferentes” en la que los ahorradores se han sentido engañados, y han recuperado su inversión acudiendo a los Tribunales, en el caso de las acciones el ahorrador piensa que una acción siempre está sometida a un riesgo, y que no se puede hacer nada para recuperar la inversión.

En sentido económico, si una acción salió al mercado por un valor de 3,75 euros a 2 euros, y cayó hasta el 0,01 euros, nos permite avanzar que el inversor no recuperará jamás su inversión por vía del mercado bursátil.

Pero este no es el problema que debiéramos solucionar. Los particulares sí tienen oportunidad de recuperar su capital invertido en acciones de Bankia, así como los intereses de ese capital, por un motivo legal:

Bankia presentó en el año 2.011, fecha de aquella emisión de acciones, unas cuentas que no se correspondían con la realidad. En la publicidad, que tanto a nivel personal como a nivel de folleto publicitario a nivel nacional se proporcionó a nuestros clientes, Bankia se presentó como un grupo financiero solvente que, por medio de una fusión de cajas y bancos se titulaba como una de las principales entidades financieras del Estado Español.

Lo que seguidamente se produce con el capital de los accionistas no es el fruto de un riesgo inherente a las acciones. Sino la consecuencia lógica cuando sale a la luz que los balances que justificaban los activos, beneficios, y en suma el valor de la empresa no es el que el banco había anunciado.
Dicho en otros términos, los valores de las acciones, en correspondencia con el valor de la empresa en aquel año 2.011, era totalmente inveraz.
Lo que significa que de haber contado el ahorrador-inversor, con una información veraz y leal sobre el estado de la Entidad, en lugar de un conocimiento ficticio de su “inexistente” solvencia, no habría suscrito acción alguna, por cuanto su valor, es decir, el de la empresa sería ínfimo e ínfimo hubiera debido ser el valor de sus acciones ya desde el primer momento.
En el caso de las acciones de Bankia, no solamente existe un engaño, sino que existe un expreso reconocimiento por parte de los nuevos directivos de la Entidad, de que las cuentas de año 2.011, sobre las cuales se produjo la emisión de acciones eran irreales y ficticias, y no reflejaban la situación financiera de la empresa sobre la que fueron valoradas las acciones en la Oferta Pública de Suscripción.
Esos informes, en la fecha de la emisión de acciones ofrecían una imagen solvente, que era ficticia, y por ello Bankia infringió la Ley, por cuanto está prohibido por la Ley transmitir al cliente una información totalmente inveraz sobre el estado, y en consecuencia sobre el valor de la empresa.
Así pues, no es que la acción se desplomase por un avatar del mercado, y que el accionista tenga que soportar ese desplome, sino que ha sido la propia Entidad la que ha tenido que reconocer que el valor que se anunció en el año 2.011 era ficticio, y escondía la quiebra de una Entidad que ya estaba quebrada.
Ese reconocimiento es relevante a efectos de invalidar el consentimiento por lo que aconsejamos, a quien se encuentre en una situación como lo que se describe, que consulte sus opciones legales de anular el contrato de suscripción y recuperar su inversión con intereses.
Porque en sentido contrario, la única opción que queda es que las acciones de Bankia se revaloricen tres mil por cien, lo que en nuestra opinión no ocurrirá en los próximos cien años. Y todo el proceso quedará diluido con la emisión de nuevas acciones a precios irrisorios, quedando en el olvido a los ahorradores que suscribieron la emisión a precio de Entidad solvente, sobre una Entidad que no lo era, sólo decía que lo era.
Acudir a los tribunales para recuperar la inversión es algo que ya han hecho muchos ahorradores que suscribieron, también con información inveraz e incompleta participaciones preferentes. Los Jueces y Tribunales han venido dando la razón a muchísimos ahorradores que se sintieron engañados, por más que en los procesos los bancos nunca admitieron engañar a sus clientes.
Muchas personas no reclamarán judicialmente porque están convencidas de cómo una acción no es una participación preferente, la compra de acciones supone riesgo, y la pérdida debe asumirse.
No es cierto. En el caso de las acciones de Bankia existen suficientes documentos para acreditar que incluso la propia Entidad ha admitido el engaño, por lo que el contrato de suscripción de acciones es tan nulo, o más que aquellos contratos de participaciones preferentes que los Tribunales ya se han encargado de anular en la inmensa mayoría de los casos.
Son motivos por los que desde Landaberea Olivares Abogados, recomendamos a las personas que se encuentren en esta situación que sopesen la posibilidad de ser asesorados, y estudiar las posibilidades de recuperar ante los Tribunales de Justicia su capital, e incluso los intereses, como lo han hecho ya con buenos resultados los que sufrieron la suscripción de productos financieros en los que se ocultaron elementos relevantes para el consumidor.
Fdo. Landaberea Olivares y Abogados.
José Antonio Gutiérrez Olivares.


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